La Administración de Ingresos reglamentó el mecanismo para acceder a la rebaja que tendrán los contribuyentes “cumplidores” en el Impuesto de Bienes personales contemplada en la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que consiste en una reducción del 0,5 por ciento de la alícuota de ese gravamen.
La resolución 5525/24 está publicada hoy en el Boletín Oficial establece que solo podrán acceder a esta medida aquellos ciudadanos que hayan cumplido correctamente con la presentación de las declaraciones juradas de los años 2020, 2021 y 2022.
También dispone que podrán acceder la rebaja del 0,5 por ciento los contribuyentes que se han inscripto en el blanqueo de capitales para regularizar los activos no declarados.
La AFIP sostiene que para “calificar como contribuyente cumplidor deberá haber presentado y cancelado en su totalidad antes del 31 de diciembre de 2023, si estuviera obligado, las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales relativas a los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022”
De acuerdo a esa resolución, el beneficio se podrá aplicar para las declaraciones de bienes personales del 2023, 2024, y 2025.
También se establece una reducción para los responsables sustitutos de las pequeñas y medianas empresas del 0,357 por ciento de la alícuota que debe pagar establecida en la ley del Paquete Fiscal.
Para acceder a esta rebajada se deberá ingresar al sitio Web de la AFIP e ingresar a la tarjeta “Beneficio a Cumplidores”, con una clave fiscal con nivel de seguridad 3, o en el caso de los responsables sustitutos en caso de las pymes.