La Justicia de San Juan les impuso una multa de $1 millón a cada uno por realizar trompos y derrapes con camionetas en un área protegida. Además, ordenó medidas para restaurar el sector y reforzar los controles ambientales.
La Justicia de San Juan condenó a dos turistas que realizaron maniobras peligrosas con sus camionetas en la Pampa del Leoncito y ocasionaron daños en uno de los espacios naturales más sensibles de la provincia. El Juzgado de Paz de Calingasta les impuso una multa de un millón de pesos a cada uno por infringir la normativa que protege el patrimonio natural y dispuso una serie de medidas destinadas a recuperar el área afectada.
La resolución judicial alcanzó a Nicolás Andrés Terluk y Guido Fernando Sicoli, quienes fueron responsabilizados por conducir de manera imprudente en el predio ubicado en el departamento Calingasta. Ambos fueron sancionados por vulnerar el artículo 187, inciso 4, de la Ley 941-R, que contempla sanciones para quienes provoquen daños o pongan en riesgo bienes del patrimonio cultural o ambiental.
Los hechos ocurrieron a fines de marzo. El primero se registró el 28, cuando Terluk, al mando de una camioneta Ford Ranger, efectuó maniobras a alta velocidad en un sector donde se desarrollaba una actividad con gran presencia de personas y vehículos. Dos días después, Sicoli protagonizó una situación similar con una Ford Raptor, realizando trompos y derrapes que levantaron una importante cantidad de polvo y generaron riesgo para familias y ciclistas que recorrían el lugar.
Durante la investigación, la Justicia incorporó testimonios y otros elementos de prueba que permitieron reconstruir ambos episodios. En el caso de Sicoli, el conductor reconoció haber realizado las maniobras con velocidades de entre 30 y 40 kilómetros por hora.
Además de las sanciones económicas, el fallo ordenó dar intervención al Poder Ejecutivo provincial y a los organismos competentes para que impulsen acciones de restauración ambiental, incrementen los controles en la zona y desarrollen campañas de concientización orientadas a prevenir nuevas conductas de este tipo.
En los fundamentos de la sentencia, el magistrado advirtió que, pese a la cartelería existente que prohíbe estas prácticas, la Pampa del Leoncito continúa expuesta a maniobras que deterioran un ecosistema de alta fragilidad. También recordó que la preservación del ambiente constituye una obligación prevista por la Constitución y que el desconocimiento de las normas no exime de responsabilidad.
Los informes técnicos incorporados al expediente concluyeron que el tránsito de vehículos fuera de los sectores habilitados produce compactación del suelo, altera su superficie, favorece los procesos de erosión y deja marcas que pueden permanecer durante décadas debido a las características salinas y de textura fina del terreno, lo que compromete la conservación de este patrimonio natural de San Juan.