En San Juan una comunidad Huarpe presentó un amparo contra el DNU de Milei

Se trata de de la comunidad Clara Rosa Guakinchay, quien presentó un recurso de amparo contra la orden presidencial que derogó la “Ley de Tierras”.


La controversia en torno al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) impulsado por Javier Milei sigue generando impacto en San Juan. En esta ocasión, una comunidad indígena de la provincia ha decidido tomar acción presentando un recurso de amparo contra la orden presidencial que derogó la “Ley de Tierras”. El abogado y representante de la comunidad, Javier Alamino, llevó a cabo la presentación ante el Juzgado Federal Nº 2 durante el día martes, argumentando que el decreto vulnera los derechos de propiedad del grupo y lo calificó como “ambiguo e impreciso”.

El DNU en cuestión busca la derogación de la Ley Nacional 26.737, conocida como la “Ley de Tierras”, con el objetivo de establecer límites a la extranjerización de los territorios en Argentina. Según esta normativa, las personas físicas o jurídicas de otras nacionalidades no pueden poseer más del 15% de los terrenos municipales, provinciales y nacionales.

Javier Alamino explicó a Tiempo de San Juan que el DNU afecta negativamente a las comunidades indígenas. En el caso de la comunidad Clara Rosa Guakinchay, de origen huarpe, poseen su territorio y realizan actos de ocupación, pero estas tierras no están registradas en documentos inmobiliarios y los habitantes carecen de escrituras.

A pesar de que la Constitución Nacional y los tratados de Derechos Humanos garantizan el derecho de propiedad de su territorio, el Estado argentino no ha cumplido con dichas garantías al no proporcionar los títulos de las tierras ni garantizar el derecho de propiedad.

Alamino advierte que las comunidades indígenas podrían enfrentar desalojos debido a este decreto, razón por la cual presentaron el recurso de amparo en el Juzgado Federal Nº 2 durante el mediodía del martes.

El objetivo principal de la comunidad, ubicada en el límite entre 25 de Mayo y la municipalidad puntana de Ayacucho, es detener la aplicación del DNU. Para Alamino, el decreto no cumplió con los requisitos constitucionales para ser emitido, ya que, según sus palabras, “no hay una urgencia con este tema”.

El abogado criticó el considerando del decreto, calificándolo como un renglón que simplemente menciona que representa un obstáculo para las inversiones inmobiliarias. Desde el punto de vista jurídico, Alamino lo describió como “aberrante, ambiguo, generalizado e impreciso”. Además, argumentó que este tipo de leyes deberían discutirse a través del Congreso y no mediante un DNU, y señaló que el 6% del territorio nacional está ocupado por empresas extranjeras, no el 14,99% como establece el decreto.